Google, multada con 403 millones por el regulador irlandés por rastrear la ubicación

El regulador de datos de Irlanda sanciona a Google con 403 millones de euros por no dejar claro a los usuarios cómo usaba su ubicación para dirigir anuncios. Es la cuarta mayor multa de su historia y llega tras seis años de investigación.
El regulador de protección de datos de Irlanda (la DPC, por sus siglas en inglés) ha multado a Google con 403 millones de euros (unos 463 millones de dólares) por cómo ha gestionado los datos de ubicación de sus usuarios. La sanción pone fin a una investigación que se ha alargado seis años y que arrancó con las denuncias de siete organizaciones de consumidores europeas, entre ellas el Consejo de Consumidores de Noruega (Forbrukerrådet). El organismo concluyó que la compañía incumplió el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en varios frentes.
La investigación se centró en tres funciones concretas de Google: «Actividad web y de aplicaciones», «Historial de ubicaciones» y «Precisión de ubicación», y abarcó el periodo que va desde el 25 de mayo de 2018, cuando entró en vigor el RGPD, hasta el 4 de febrero de 2020. Los investigadores concluyeron que la empresa no trató esos datos de forma lícita y justa, y que no fue capaz de demostrar prácticas transparentes y conformes con la norma. En palabras de Graham Doyle, comisionado adjunto de la DPC, los datos de ubicación «pueden aumentar mucho la utilidad de los servicios online, pero también revelar una cantidad importante de información sobre una persona, incluida información que es intrínsecamente privada». El regulador sospecha que muchos usuarios no sabían que su ubicación se estaba usando para dirigirles publicidad o para deducir cuestiones sobre su salud e intereses, y señala que conservar esos datos más tiempo del necesario empeoraba esa pérdida de control.
Las asociaciones de consumidores han recibido la decisión con una mezcla de satisfacción y crítica por la lentitud del proceso. Finn Myrstad, responsable de política digital del Consejo de Consumidores noruego, calificó el fallo de «hito importante» y subrayó que las personas deben poder entender a qué dicen sí sin ser engañadas ni manipuladas. Agustín Reyna, director general de la Organización Europea de Consumidores (BEUC), celebró la multa pero fue duro con los tiempos: «el tiempo necesario para llegar a esta conclusión es desproporcionado respecto a la gravedad de la infracción», y avisó de que «una aplicación tardía puede ser tan dañina como no aplicar nada». La DPC ha dado a Google seis meses para adaptar su tratamiento de datos al RGPD.
En el ranking del regulador irlandés, esta es la cuarta mayor multa jamás impuesta: por delante quedan los 1.200 millones de euros a Meta (unos 1.380 millones de dólares), los 530 millones a TikTok (unos 610 millones) y los 405 millones a Instagram (unos 466 millones). El detalle no es casual: Irlanda actúa como ventanilla única en la UE para muchas grandes tecnológicas con sede europea allí, así que sus decisiones marcan el paso de cómo se puede usar la información personal de los europeos con fines publicitarios.
El análisis de Salseo
- El dinero no es el problema para Google: 403 millones son calderilla frente a los ingresos de su matriz, Alphabet. Lo relevante es qué toca la sanción, y toca la materia prima de su negocio publicitario: los datos de ubicación son los que permiten segmentar anuncios por dónde va el usuario y, si se restringe cómo se recogen, la publicidad pierde precisión y las empresas podrían estar dispuestas a pagar menos por ella en Europa.
- Hay que ver el origen: la investigación nace de un informe noruego de 2018 que ya avisaba de que los datos de ubicación pueden desvelar creencias religiosas, inclinaciones políticas, problemas de salud u orientación sexual. La tensión de fondo es la misma de siempre: un modelo de negocio que vive de recopilar datos frente a una norma, el RGPD, que exige un consentimiento claro. Y el regulador irlandés, que actúa como ventanilla única de las tecnológicas en la UE, lleva años en el punto de mira por ir lento.
- La orden clave es la de adaptarse en seis meses. Si eso obliga a Google a cambiar la forma en que pide permiso para el seguimiento de ubicación, el efecto no se queda en la compañía: Meta, TikTok u otras plataformas que usan datos de contexto con fines publicitarios podrían recibir casos parecidos. Es la señal concreta que conviene vigilar, más que el importe de la multa.
- La lectura contraria: el mercado probablemente encogerá los hombros porque una multa puntual no cambia las cuentas de una empresa de este tamaño. El riesgo real no es la sanción, sino acumular precedentes regulatorios en Europa y las posibles reclamaciones de consumidores que suelen llegar después de este tipo de resoluciones.